JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, once de agosto de dos mil ocho.
198º y 149º
Vista la diligencia que antecede de fecha 05 de agosto de 2.008, suscrita por el abogado en ejercicio ÁLVARO ORLANDO MORENO VILLAMIZAR, en su condición de endosatario en procuración de los ciudadanos MELANIO MORA MORA y MARÍA RAMONA MORA DE MORA, mediante la cual solicita medida de embargo preventivo sobre bienes propiedad del demandado, y por cuanto se encuentran llenos los requisitos exigidos en los artículos 585 y 646 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado decreta MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO sobre bienes muebles propiedad del ciudadano: WILLIANS DE JESÚS SILVA MÉNDEZ, venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad número V-3.032.596, domiciliado en la Calle El Porvenir, Casa signada con el Nº 1-4, Ejido del Municipio Campo Elías del Estado Mérida y civ.....