Definitivamente firme como fuera declarada por auto de fecha 17 de Enero del corriente año, la Sentencia proferida por el Tribunal en Funciones de Juicio No. 01, de estos mismos Circuito Judicial Penal y Extensión El Vigía, de fecha 12.12. 2.011, que absolvió al ciudadano LEONILSO JOSÉ NAVA CAMARILLO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-23.556.739, natural de Maracaibo, Estado Zulia, nacido en fecha 10-11-1.990, de 21 años de edad, de estado civil soltero, hijo de Leonilso Jesús Nava Vera (v) y de Rosa Elena Camarillo (v), residenciado en el Edificio Gloria, Piso 3, Apartamento 3, donde funciona la zapatería Adán y Eva, frente a Ondas Panamericanas, El Vigía, Municipio Alberto Adriani, Estado Mérida, teléfono 0424-7203319 y 0424-7351026 (de su progenitor, por la comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en al artículo 277 del Código Penal, en armonía con los artículos 9 y 10 de la Ley sobre Armas y Explosivos, en perjuicio de El Orden .....