Se decreta el sobreseimiento de la presente causa seguida al imputado FABIÁN ALEJANDRO GUTIÉRREZ MÁRQUEZ, venezolano, natural del Estado Mérida, de 23 años de edad, soltero, obrero de construcción, titular de la cédula de identidad N° V-18.797.710, domiciliado en el Chama, Urbanización Carabobo, Res. Corazón de Jesús, torre 1, piso 1, apartamento. 3, Estado Mérida, sus padres llevan por nombre José Omar Gutiérrez Camacho y Moraima del Carmen Márquez y YOJAN DANIEL RONDÓN PÉREZ, venezolano, natural del Estado Mérida, de 22 años de edad, soltero, herrero, titular de la cédula de identidad N° V-21.184.945, domiciliado en domiciliado en el Chama, Urbanización Carabobo, Res. Corazón de Jesús, torre 1, piso 1, apartamento. 6, Estado Mérida, sus padres llevan por nombre Doris Pérez y Gustavo Rondón Teléfono 0426-0461620, de conformidad con lo previsto en los artículos 49.7 y 300 .3 del Código Orgánico Procesal Penal