PARTE DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la presente demanda de INSERCIÓN PARTIDA DE NACIMIENTO de la ciudadana EDI ESCALONA, quien nació el día 08 de octubre de 1.950, en la Parroquia El Llano, Municipio Libertador del Estado Mérida, siendo hija natural de la ciudadana DARIA ESCALONA, venezolana, mayor de edad, soltera, de oficios del hogar, con cédula de identidad número V-3.237.488, domiciliada en la ciudad de Caracas. En consecuencia y de conformidad con el artículo 506 del Código Civil Venezolano Vigente, se ordena la inserción de la presente sentencia en los Libros de Registro Civil de Nacimientos, llevados por el Registro Civil de la Parroquia El Llano, Municipio Libertador del Estado Mérida, así como tamb.....