este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE IN LIMINE LITIS la demanda de INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUICIOS, incoada por la ciudadana YOMAIRA PARRA DE FERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad N° V.-15.517.284, asistida por los abogados en ejercicio CARLOS COLINA y FERNANDO RODRÍGUEZ, titulares de las cédulas de identidad N° 14.805.185 y V.-11.464.820, respectivamente, e inscritos en el Inpreabogado bajo los números 88.631 y 135.090, en su orden, contra el ciudadano CARLOS ALBERTO FERNANDEZ RODRÍGUEZ, venezolano, casado, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V.-14.916.756, por inepta acumulación de pretensiones, de conformidad con lo establecido en el artículo 78 del Código de Procedimiento Civil, Ley de Abogados y Jurisprudencias citadas.....