Dispositiva
Por lo anteriormente señalado, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, de conformidad con lo pautado en el artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 494 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor de la ciudadana Maribel Peña, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 10.106.772, nacida el 30-07-62, de 37 años de edad y domiciliada en el Barrio Pueblo Nuevo, Pasaje Albarregas, casa sin número, Mérida, hija de Ramona Peña y Candido Márquez, por el lapso de un (01) año, contado a partir de la fecha de la firma del Acta Compromiso correspondiente.
El Tribunal le impone a la ciudadana MARIBEL PEÑA las siguientes obligaciones, las cuales son acumulativas y que debe.....