En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Control N° 03, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA ORDEN DE APREHENSIÓN en contra de PEDRO NEL CANAL GUTIERREZ, venezolano, de 52 años de edad, nacido en fecha 07-11-1958, hijo de OLGA MARIA GUTIERREZ y PEDRO NEL, residenciado en la Urbanización Los Alpes; casa Nº 13, La Guayana San Cristóbal, Estado Táchira; por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el tráfico ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD. Se fundamenta la presente decisión en los artículos 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrense los correspondientes oficios a los Cuerpos de Seguridad. Cúmplase.
JUEZA DE CONTROL N° .....