En consecuencia este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 936 Ejusdem, DECLARA: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos: JOSE RAMON FIGUERA BASTIDAS, ALIRIO DE JESUS FIGUERA BASTIDAS, RAFAEL ANTONIO FIGUERA BASTIDAS, ALONZO OJEDA FIGUERA BASTIDAS, FELINA MAGDALENA FIGUERA DE COLS, DALMACIO ARCANGEL FIGUERA BASTIDAS, ANA DEL ROSARIO FIGUERA BASTIDAS y JESUS AMADO FIGUERA BASTIDA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V- 8.043.455, V-3.036.072, V-3.995.374, V-5.197.435, V.-4.485.627, V-5.205.168, V-8.020.251, V-8.026.629, de la causante MARIA CONCEPCION BASTIDAS DE FIGUERA, se deja a salvo los derechos a terceros de acuerdo a las previsiones de las disposiciones legales mencionadas.