PRIMERO: Se CONFIRMA la sentencia definitiva de fecha 28 de septiembre de 2018, objeto de la consulta legal. En consecuencia, se declara CON LUGAR la solicitud de interdicción de la ciudadana DIANA CAROLINA RANGEL SALAZAR, propuesta por la Fiscal Novena Provisorio del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida del Sistema de Protección del Niño, Niña, Adolescente y la Familia, abogado EDDYLEIBA BALZA PÉREZ, y Fiscal Auxiliar de la Fiscal Novena Provisorio del Ministerio Público, abogado NANCY JUDITH QUINTERO, por ante el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. SEGUNDO: Como consecuencia del pronunciamiento anterior, se decreta la INTERDICCIÓN DEFINITIVA de la ciudadana DIANA CAROLINA RANGEL SALAZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 20.394.314, con todas las consecuencias legales que de esta declaratoria se derivan. TERCERO: Se advierte al a q.....