En mérito de los razonamientos que anteceden, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, SEDE MÉRIDA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariano de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR Y RESIDENCIARSE FUERA DEL PAÍS, solicitada por la ciudadana LUISANA CEPEDA BARON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-18.208.755, pasaporte N°173402438, domiciliada en avenida Cristóbal Mendoza, casa N° 2-36, sector El Añil, parroquia Tovar, municipio Tovar del estado Bolivariano de Mérida, Teléfono Móvil: +0424-7477912, correo electrónico: luisacepeda11@gmail.com, y civilmente hábil; a favor de sus hijos, el adolescente (se omite la identidad de conformidad con el art. 65 de la Ley Orgánica para la Prot.....