´DISPOSITIVA
Por las consideraciones antes expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: LA INCOMPETENCIA para conocer la presente causa, interpuesta por la ciudadana DAMARIS KATIHUSKA FERNANDEZ RIVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.712.728, debidamente asistida por el Abogado JORGE LUIS FEBRES CORDERO COLMENARES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.106.259, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 53.068, contra el ciudadano GUILLERMO ANTONIO MORENO RAQUIN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.340.856, y la empresa sociedad mercantil AGROPECUARIA RAMZ, C.A, empresa debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, bajo el N° 38, .....