En tal sentido, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara liquidada la comunidad de bienes gananciales en los siguientes términos: PRIMERA ADJUDICACIÓN: A la ciudadana MARÍA AUXILIADORA PAREDES MORENO, ha quedado adjudicado en plena y exclusiva propiedad, dominio y posesión un bien inmueble, constituido por un (1) apartamento, distinguido con el N° E-7-4, ubicado en el nivel 7 del edificio “E”, de la Segunda Etapa del Conjunto Residencial “Monseñor Acacio Chacón”, construido en la parcela D, Urbanización Parque Albarregas, jurisdicción del Municipio Libertador del Estado Mérida, con un área aproximada de ochenta y un metros cuadradazos (81 mts2), constante de un recibo-comedor, tres (3) dormitorios, dos (2) baños, una (1) cocina-oficios, cuatro (4) espacios para closets, un (1) balcón, y un (1) puesto de estacionamiento; y alinderado de la manera siguiente: Nor-Oeste: fachada principal del edif.....