Decisión: Con fuerza en la motivación precedente, este Juzgado de Control N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, a tenor de lo dispuesto en el artículo 115 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículo 293 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda: PRIMERO: La entrega PLENA del vehículo con las siguientes características CLASE RUSTICO, MARCA TOYOTA, MODELO LAND CRUISER, TIPO TECHO DURO, USO PARTICULAR, SERIAL DE CARROCERIA 8XA21UJ7869818105, AÑO 2007, COLOR: PLATA, PLACA AE192GK, SERIAL DE MOTOR: 1FZ0764576, SERIAL N.I.V: 8XA21UJ7869818105, al ciudadano ROGER ALEXANDER JOSÉ LÓPEZ SOLORZANO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° 15.395.389, en su condición de solicitante del vehículo. SEGUNDO: Se hace prohibición expresa al ciudadano ROGER ALEXANDER JOSE YEPEZ SOLORZANO, de enajenar y gravar el vehícu.....