DISPOSITIVA
ESTE JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS en consecuencia; téngase como Únicos y Universales Herederos de la causante EDICTA DEL CARMEN SOSA DE YZARRA, quien fuera venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 8.020.148 a los ciudadanos: a su cónyuge FAVIO JOSE YZARRA MÁRQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 4.469.176, y a sus hijos LEONARDO JOSE YZARRA SOSA, PEDRO LUIS YZARRA SOSA y BEATRIZ EMILIA YZARRA SOSA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedula de identidad N° 15.295.502, 17.341.824 y 16.201.202, domiciliados en esta ciudad de Mérida Se deja a salvo los derechos a terceros de acuerdo a las previsiones de las disposiciones lega.....