DISPOSITIVA.
En consecuencia por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, éste Tribunal de Control No. 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: CON LUGAR la solicitud presentada por el ciudadano: DAVID ANTONIO RIVERA PEÑA, venezolano, mayor de edad, divorciado, comerciante, titular de la cédula de identidad No. V-8.040.737, domiciliado en las Residencias de Urao, Casa No. 77, Sector El Molino, Lagunillas Municipio Sucre del Estado Mérida, teléfono: 0414-7272510, y en consecuencia acuerda: La Devolución inmediata del vehículo solicitado, identificado de la siguiente manera: Vehículo Marca: Ford, Modelo: F-150, Color: Rojo, Año: 2007, Tipo: Pick Up, Uso Carga, Clase: Camioneta, Serial de Carrocería: 3FTRF17W87MA474485, Serial de Motor: 47485, Placas: 31U-PAH, pero en calidad de Guarda y Custodia, con la expresa obligación de usarlo exclusiv.....