Por Decisión N° 252/08 de esta fecha, se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa de conformidad con el artículo 318 numeral 4 Código Orgánico Procesal Penal, a FAVOR de LUIS ALFONSO PEÑALOZA, venezolano, de 50 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.107.062, natural de Arapuey Estado Mérida, comerciante, en situación de retiro de las Fuerzas Armadas de la Guardia Nacional, residenciado en el Bar Restaurante Tasca "Mi Esperanza", ubicado en el Sector Las Veritas, Vía a Boscán Estado Zulia, por la presunta comisión de los delitos de USURPACIÓN DE FUNCIONES, previsto y sancionado en el artículo 213 del Código Penal, cometido en perjuicio de LA COSA PÚBLICA, y TENENCIA ó DETENTACIÓN ILÍCITA DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, cometido en perjuicio de EL ORDEN PÚBLICO.-