SENTENCIA
Vista la diligencia de fecha 13 de abril de 2012, que obra al folio 27 del presente expediente, suscrita por el abogado: JHOR FAJARDO, inscrito en el inpreabogado abajo el N°103.174, en su condición de procurador de trabajadores y apoderado de la parte actora, ciudadana: NYDIA ROSA MOLINA MADARIAGA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 23.220.518, mediante la cual desiste del presente procedimiento, en razón que la parte demandada realizó el pago total por concepto de prestaciones sociales al trabajador supra identificado, declarando estar conforme con el pago, en tal sentido, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida Sede Alterna El Vigía, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento .....