Por los razonamientos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, y a solicitud de la Representación Fiscal, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en función de Tribunal No. 06 de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR AUTORIDAD DE LA LEY, conforme a lo dispuesto en los artículos 47, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y 210 y 282 Código Orgánico Procesal Penal, Autoriza la entrada y registro, a objeto de realizar Visita Domiciliaria en la siguiente dirección: Barrio La Victoria, (Hueco Piche), calle principal, casa de color azul, con rejas de color negro, puerta y ventana de metal de color negro, sin nomenclatura, El Vigía, Estado Mérida, la cual es habitada por un ciudadano apodado EL NEGRO, a objeto de buscar, ubicar y decomisar OBJETOS DE PROCEDENCIA DUDOSA, ASI COMO SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSI.....