ESTE JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS y en consecuencia; téngase como los Únicos y Universales Herederos del causante ALCIBIADES MARQUEZ quien en vida fuera venezolano, casado, de setenta y cinco años de edad, titular de la cédula de identidad N° 2.276.470, a su esposa MARIA ELIANA RODRIGUEZ, viuda de MARQUEZ, y a los hijos ciudadanos MIRIAM JOSEFINA, CRUZ OMAIRA, DINAURA, PEDRO MANUEL y NANCY COROMOTO MARQUEZ RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédulas de Identidad Nros. V-2.275.960, 8.089.364, 8.709.524, 12.220.045, 8.089.365 y 8.709.647, plenamente identificados a los autos. Se dejan a salvo los derechos de terceros de acuerdo a las previsiones legales correspondientes.
SEGUNDO: Se orden.....