DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR el divorcio interpuesto de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil vigente, y consecuencialmente declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos MARIA STELLA MUÑOZ y MIGUEL ALBEIRO RONDON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-12.348.640 y V-8.014.190, respectivamente, domiciliados en la ciudad de Mérida, Mérida Estado Mérida, según matrimonio celebrado el 07 de septiembre de 1.985, por el Registro Civil de la Parroquia Juan Rodríguez Suárez del Municipio Libertador del Estado Mérida, según acta Nro. 156, folios 361 y 362. Y así se decide.
SEGUNDO: Ofíciese a la Prefectura Civil de la Parroquia Juan Rodríguez Suárez, Municipio Libertador del Estado Mérida, y al Registro Principal del Estado Mérida, a los fines de que estampen la nota marginal correspondiente a esta decisión, una vez quede firme la presente decisión.
TERCERO: De conformidad con el artículo 252 del Código de Procedi.....