este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN N° 02 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, OTORGA la fórmula alternativa de cumplimiento de pena de DESTACAMENTO DE TRABAJO al penado JOSÉ HERNÁN MÁRQUEZ DÁVILA, , debiendo pernoctar en el Centro de Pernocta “José María Olaso”, ubicado en la ciudad de Mérida, al final de la Avenida Urdaneta, Sector Glorias Patrias, quedando bajo la supervisión, orientación y control de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario N° 01, con sede en el Edificio Hermes, Piso 3, Avenida 4 Bolívar con Calle 23, diagonal a la Plaza Bolívar de la ciudad de Mérida, Estado Mérida, imponiendo el Tribunal las siguientes condiciones:1) No cometer, ni involucrarse en la realización de delito alguno, por cuanto se le revocará el beneficio acordado.2) Se le prohíbe el porte de armas. 3) Se le prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas.4) Mantener buena conducta en su lugar de trabajo y en el C.....