Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control N° 06, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Se aplica en el presente Asunto Penal, el procedimiento para el juzgamiento de los delitos menos graves, conforme al artículo 354 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA por la extinción de la acción penal, de conformidad con los artículos 49 numeral 6, 300 numeral 3 y 358 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, a favor de los imputados: LUIS RAMÓN GONZÁLEZ PEÑA, venezolano, de 59 años de edad, de estado civil: casado, cédula de identidad Nº 5.509.593, nacido en fecha 29-07-1953, natural de El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, grado de instru.....