DECLARA CON LUGAR la Solicitud de Rectificación de la Partida de Nacimiento de la niña OMITIR NOMBRE. En consecuencia, en lo sucesivo en el libro llevado por la Prefectura Civil del Municipio Antonio Pinto Salinas del Estado Mérida, debe aparecer tanto el apellido del progenitor como de la niña así: "IZARRA", el lugar de nacimiento así: Que la niña que presenta nació en el Hospital II San José de Tovar, Municipio Autónomo Tovar del Estado Mérida, y el nombre de la niña así: OMITIR NOMBRE. Partida Nº 68, Año 1991. Y en el Registro Principal del Estado Mérida, debe aparecer el tanto el apellido del progenitor como de la niña asi: "IZARRA", el lugar de nacimiento así: Que la niña que presenta nació en el Hospital II San José de Tovar, Municipio Autónomo Tovar del Estado Mérida. Partida Nº 68, Año 1991. A tal efecto queda así rectificada la Partida de Nacimiento de la niña OMITIR NOMBRE. ASI SE DECIDE.