Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, extensión El Vigía, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REVOCA LA LIBERTAD que venían disfrutando los imputados JORDI JOHAN LEON CARRILLO, Venezolano, cedula de identidad N° V-25.628.386 ANGEL RAFAEL PRADO PARRA, Venezolano, cedula de identidad N° V-18.963.175 ALDAIR DE JESUS VERGARA LORA, colombiano no aporto numero de cedula Y ELIECER JULIO LOPEZ PADILLA, Colombiano, cedula de identidad Nº 108191843. En su lugar, procede a decretarle una medida de privación judicial preventiva de libertad, por presumir seriamente que la voluntad de dichos imputados, es la de evadir el proceso y no someterse a la acción de la justicia penal, por lo cual, impediría la realización de la audiencia preliminar, pues no ha comparecido al llamado de la autoridad judicial y ha incumplido sus presentacione.....