Dispositiva
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Ejecución N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, a tenor de lo dispuesto en el artículo 512 del Código Orgánico Procesal Penal, revoca el Destacamento de Trabajo decretado en fecha 04 de noviembre de 2008, en favor del penado Eliazar Mayorca Cáceres, identificado ut supra, por cuanto el mismo incumplió con la condición de pernoctar en el Centro de Pernocta "José María Olaso".
Se ordena su reclusión en el Centro Penitenciario de la Región Andina, con sede en San Juan de Lagunillas, Municipio Sucre del Estado Mérida, una vez que sea capturado y puesto a la orden de éste Tribunal. En tal sentido, se acuerda conforme lo previsto en el artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Orden de Captura en contra del ciudadano Eleazar Mayorca Cáceres, pa.....