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Decisiones del dia 19/02/2009 |
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N° Expediente :
9834
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N° Sentencia :
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Fecha: 19/02/2009 |
Procedimiento: Rectificacion De Partida De Nacimiento |
Partes: SOL: FRANCISCO LUIS CARRILLO |
Resumen:
PARTE DISPOSITIVA
En orden a las consideraciones que anteceden, este Tribunal, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO signada con el número 1.349, inserta en los Libros de Nacimientos llevados por ante la Prefectura Civil de la Parroquia El Llano Municipio Libertador del Estado Mérida, durante el año 1.958, correspondiente al CIUDADANO: FRANCISCO LUIS CARRILLO VACCARI, en el entendido de que en el Libro de Partidas de Nacimiento llevado en dicha Prefectura Civil, como en su duplicado que reposa en el Registro Principal del Estado Mérida, aparezca en lo sucesivo en dicha partida el nombre de su progenitora en la forma siguiente: "DOLORES", y no "MARÍA DOLORES". Queda así rectificada dicha partida de Nacimiento.
DADA, FIRMADA Y SELLADA EN LA SALA DE DESPACHO DEL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CI.....
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Juez/Ponente:
Albio Antonio Contreras Zambrano
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Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil
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N° Expediente :
9776
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N° Sentencia :
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Fecha: 19/02/2009 |
Procedimiento: Cobro De Bolívares Por Intimación |
Partes: DTE: RAÚL ALFREDO HERNÁNDEZ DUGARTE. DDO: OSCAR DÍAZ Y OTRA |
Resumen:
En tal sentido este Tribunal acuerda homologar, como en efecto así será lo decidido, dicha transacción, de conformidad con lo previsto en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el Artículo 1.718 del Código Civil, y por cuanto las partes tienen suficiente capacidad para disponer de lo comprendido en la transacción conforme a lo previsto en el Artículo 1.714 del Código Civil, y habida consideración que de acuerdo con el Artículo 255 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Artículo 1.718 del Código Sustantivo, la transacción tiene entre las partes la misma fuerza de la cosa juzgada, y en razón de que la transacción no está fundada en documentos falsos en los términos del Artículo 1.721 del texto legal sustantivo ya señalado, ni se puede producir nulidad en orden a lo previsto en el Artículo 1.147 del Código Civil ya que no existe error de derecho en la referida transacción, debiendo destacar que según el Artículo 1.666 eiusdem, los contrat.....
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Juez/Ponente:
Albio Antonio Contreras Zambrano
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Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil
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N° Expediente :
9656
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N° Sentencia :
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Fecha: 19/02/2009 |
Procedimiento: Reivindicacion |
Partes: DTE: AMALIA VEGA DE GUERRERO. DDO: SUSANA KASRINE CHIDIAK Y OTRO. |
Resumen:
Por lo tanto, la notoriedad judicial no requiere ser probada y constituye una obligación para el Juez declararla. En este sentido se requiere que el llamado hecho notorio judicial, que ciertamente se opone al hecho notorio general, necesariamente deriva del conocimiento que tiene el juzgante no sólo sobre hechos, sino también sobre decisiones, autos y pruebas en virtud de su actuación como Juez, de tal manera que el juzgador puede hacer uso de esas circunstancias preexistentes en un proceso previo para otro posterior.
De tal manera, el jurista Friedrich Stein, en su obra "El Conocimiento Privado del Juez", Editorial Temis, páginas 191 a la 198, entre otros hechos explica lo siguiente:
"Al lado de los hechos del dominio público que son conocidos por el Juez en razón a esa propiedad, hay una segunda e independiente que es la de los hechos cuyo conocimiento es específicamente judicial, es decir, de aquellos que consisten en la propia actuación judicial del Juez o que han constituid.....
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Juez/Ponente:
Albio Antonio Contreras Zambrano
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Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil
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N° Expediente :
9843
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N° Sentencia :
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Fecha: 19/02/2009 |
Procedimiento: Separación De Cuerpos Y Bienes |
Partes: SOL: LAURIDES COROMOTO PETIT DE JANUS. VS. PAVEL ANTONIO JANUS CRESPO |
Resumen:
Se admite la solicitud formulada por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres ni a ninguna disposición expresa de la ley. Se admite la solicitud formulada por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres ni a ninguna disposición expresa de la ley. En consecuencia, visto el escrito mencionado, el Juez después de haber hecho a los exponentes las advertencias y consideraciones necesarias para mantener el matrimonio, sin haberlo logrado, acuerda proceder con arreglo a lo dispuesto en los artículos 188 y 189 del Código Civil Vigente, y como los exponentes manifiestan estar de acuerdo con la solicitud y que es su propósito separarse de cuerpos, de conformidad con lo establecido en los citados artículos, este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CONSUMADA dicha separación y suspendida la vida en común entre los cónyuges LAURIDES COROMOTO PETIT DE JANUS y PAVEL ANTONIO JANUS CRESPO.....
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Juez/Ponente:
Albio Antonio Contreras Zambrano
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Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil
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