Homologar la Partición de Bienes celebrada entre los ciudadanos Iria Teresa Rodríguez de Maldonado, Albio Lubín Maldonado Rodríguez, María Juana Maldonado de Di Tillio, venezolanos, mayores de edad, viuda la primera, casada la última y soltero el segundo, titulares respectivamente de las Cédulas de Identidad Nos. V-927.881, V-3.990.568 y V-8.007.559 en su orden, domiciliados en Mérida, Estado Mérida; y, Fanny del Carmen Guerra Márquez, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.472.685 y domiciliada en Mérida, Estado Mérida, actuando en nombre y representación de su hijo el niño OMITIR NOMBRE, de cinco años de edad