Este Tribunal de Control N° 02, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA: DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO DE PRESENTE LA CAUSA, de conformidad con el artículo 318 ordinal 1 y 4 ° del Código Orgánico Procesal Penal, a favor de los imputados: HUGO RAMON DIEGO VADEL, ERIS OSCARIO QUINTERO ROJAS, JHEAN ENRIQUE GONZALEZ HUIZA y JHONNY ALCIDES GONZALEZ HUIZA, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL previsto y sancionado en el artículo 407 (actual 405) del Código Penal vigente para el momento en que ocurrieron los hechos (19-06-1994); el DELITO DE LESIONES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 (actual 413) deI Código Penal vigente para el momento en que ocurrieron los hechos, en perjuicio de la ciudadana MARIA ANTONIA CASTILLO QUINTERO, cuya pena es prisión de tres (3) a doce (12) meses, siendo su término medio de conformidad con lo establecido en el artículo 37 del Código Penal, de siete (7) me.....