Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la ley, conforme a lo previsto en los artículos 470 ordinal 6 °, 473 y 474, en concordancia con los artículos 455 y 456 del Código Orgánico Procesal Penal, y conforme a lo previsto en los artículos 37, 88, 406 ordinal 1°, 458 del Código Penal, y artículo 278 del Reformado Código Penal, hace los siguientes pronunciamientos:
1.- Declara CON LUGAR el Recurso de Revisión de Sentencia interpuesto por la por la abogada OLIVA VOCANES ANDRADE, Defensora Pública Penal N° 05, actuando en representación del penado LUIS ALFREDO CARIEL, contra la decisión definitivamente firme pronunciada por el Tribunal de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, de fecha 02-02-2002, que lo condenó a cumplir al pena de DIECINUEVE (19) AÑOS, DIEZ (10) MESES Y VEINTE (20) DÍAS DE PRESIDIO por la comi.....