DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y actuando de conformidad a lo establecido en los artículos 451, 452, 456 y 457 del Código Orgánico Procesal Penal, realiza los siguientes pronunciamientos:
1) DECLARA CON LUGAR la apelación interpuesta por la defensa de los acusados MARÍA PERPETUA LEÓN PEÑA, VICTOR ENRIQUE ROJAS LEÓN Y JOSÉ GIL MÉNDEZ LEÓN, anula la sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal (Mixto) en funciones de Juicio N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, cuyo texto integro fue publicado el 21-09-2004.
2) ,SE ORDENA la celebración de un nuevo juicio oral y público, ante un Juez de este Circuito Judicial Penal, extensión el Vigía, distinto al que la pronunció, y SE ORDENA LA SUSTITUCIÓN de la MEDIDA DE PRIVACIÓN .....