Se dicto decisión mediante la cual REDIME el lapso de NUEVE (09) MESES, SIETE (07) DIAS, de la pena total que cumple el penado Duarte Castro Pablo Emilio, quien actualmente se encuentra privado de libertad en el Centro Penitenciario de la Región Andina; todo de conformidad con los artículos 2, 26 y 257 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, artículos 4, 5, 6 y 471 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, artículos 3, 5, 13 y 14 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio.