En mérito de los razonamientos que anteceden, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, SEDE MÉRIDA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariano de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR FUERA DEL PAÍS, solicitada por la ciudadana PAOLA MARGARITA RAMOS SANTIAGO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.593.532, pasaporte N° 169872113, domiciliada en la avenida Las Américas, residencias Agua Santa, torre C, piso 6, apartamento 6-A, municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil, teléfono móvil: 0412-426.47.33, correo electrónico: paoramoss@gmail.com, y civilmente hábil, a favor de sus hijos, los niños (se omite la identidad de conformidad con el art. 65 de la Ley Orgán.....