Decisión
Por todo, lo expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Redime la pena a WILLIAM GEOVANNY OMAÑES MORENO, por un tiempo de cuatro (04) meses, cinco (05) días.
SEGUNDO: Actualiza el cómputo de pena a WILLIAM GEOVANNY OMAÑES MORENO, estableciendo que tiene UN (01) AÑO, DOS (02) MESES, NUEVE (09) DIAS, de pena cumplida, lo cual representa mas de 1/3 de la pena cumplida, para optar a régimen abierto, por ello, se ordena realizar el tramite necesario: Oferta Laboral; Certificado de Antecedentes Penales; Informe Técnico, líbrense los oficios correspondientes a la Dirección del Centro Penitenciario de la Región Andina, agregándole copia certificada de la decisión, y la Unidad Técnica Zona N° 01. Notifíquese a las partes
EL JUEZ,
ABG. JOSE GERARDO PEREZ RODRIGUEZ
LA SECRETARIA
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