Acuerda a favor del penado RUPERTO ANTONIO URDANETA ZAMBRANO, venezolano, titular de la cédula de Identidad N°-9.397.179, identificado suficientemente en autos, la formula alternativa de cumplimiento de pena como es la LIBERTAD CONDICIONAL, imponiéndosele las condiciones anteriormente señaladas. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Se fundamenta la presente decisión en los artículos 1, 2, 4, 5, 6, 7, 10, 12, 13, 479, 500, 504, 510 y tercer aparte del 531 todos del Código Orgánico Procesal Penal; artículos 2, 26 30, 49, 257 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Notifíquese al Fiscal XXII del Ministerio Público, a la Defensa y al penado, el cual será impuesto del beneficio el día Miércoles 11 de Agosto de 2010, a las 10:00 de la mañana, en esta sede del Tribunal. Notifíquese a la Directora del Centro de Tratamiento Comunitario Lic. Piedad Leonor Rodríguez, Mérida Estado Mérida, .....