En atención y consideración a las razones ya expuestas, es por lo que este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO intentada por los ciudadanos GIUSEPPE EMIRO GANGI BECERRA y CLERYS STHEPHANY PEREZ MOLINA, venezolanos, mayores de edad, de estado civil casados, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 19.422.694 y V- 20.830.375, respectivamente, domiciliados en la ciudad de Barcelona España, avenida Madrid 51, 3ero. 7ma 08028 y en Gimlevej 4, 7100 Vejle, Dinamarca, de tránsito por este Municipio, en su orden respectivo y civilmente hábiles, asistidos por la abogada en ejercicio ARIANNYS DE JESÚS RODRÍGUEZ ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.034.681, inscrita en el.....