ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL N° 02 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: PRIMERO: Declarar extinguida la acción penal y en consecuencia, decreta el sobreseimiento de la causa a favor del acusado HILARIO ALBORNOZ ARIAS, venezolano, de Santa Apolonia, Municipio Justo Briceño, nacido en fecha 55-05-67, de 42 años de edad, soltero, hijo de Eulogio Albornoz y Maria Encarnación Arias, mecánico, titular de la cédula de identidad N° V. 10-216.945, y domiciliado en el Quebradon, al lado de Mercal, antes de llegar a la Alcabala de la Guardia, como a un Kilómetro al frente del señor Pedro Collazo, teléfono 0414-7076985, Municipio Justo Briceño del estado Mérida a quien se le sigue la presente causa por la presunta comisión del delito de Violencia Física y Violencia Patrimonial y Económica, previstos y sancionados en los a.....