Por las razones antes expuestas, esta Jueza de Primera Instancia en funciones de Ejecución Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Sección de Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 646 y 647. E, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, REVISA LA MEDIDA DE REGLAS DE CONDUCTA y LIBERTAD ASISTIDA y ratifica su ejecución, en los mismos términos dictados en el auto de fecha 24 de abril de 2013, inserto a los folios 107 y siguientes. Próxima revisión 01 de junio de 2015 Notifíquese a las partes..