Se declaró LA NULIDAD de la providencia contenida en el auto de fecha 3 de junio de 2015, dictado por el Juzgado de la causa, mediante la cual ordenó certificar copia fotostática de la totalidad del expediente signado con el número 8728, de la numeración particular de ese Juzgado, lo cual hizo con oficio n° 200-2015 y, en consecuencia, decretó LA REPOSICIÓN de la misma al estado en que se encontraba para la prenombrada fecha --3 de junio de 2015--, a los fines de la remisión inmediata del original del mencionado expediente, con el objeto de conocer la apelación interpuesta.