DISPOSITIVA
Por mérito de lo expuesto, este Tribunal en funciones de Ejecución Nº 01 de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, de conformidad con los artículos 622, 645, 646 y 647 letra "e" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta la cesación por cumplimiento de la medida de SERVICIOS A LA COMUNIDAD impuesta a IDENTIDAD OMITIDA, en la sentencia dictada en fecha 02 de julio de 2010, inserta a los folios 215 al 220, por la comisión como autor de los delitos de APROVECHAMIENTO DE VEHICULOS PROVENIENTES DEL HURTO, HURTO DE VEHICULO AUTOMOTOR y TENTATIVA DE HURTO, previsto en los artículos 1,4,9 de la Ley sobre El Hurto y Robo de Vehículos Automotores.
En cuanto a la medida de libertad asistida, de acuerdo al computo efectuado en fecha 13 de agosto de 2010, (F.234) la medida culmina el día 13 de ago.....