declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia disuelto el vinculo matrimonial contraído por los ciudadanos FRANCISCO JAVIER MARQUEZ PEÑA y MARY JSUTINA UZCATEGUI ROJAS, identificados en autos, en fecha (9) de noviembre del año (1990), por ante la Prefectura Civil hoy Registro Civil de la Parroquia Domingo Peña, Municipio Libertador del Estado Mérida, según se evidencia en el acta de matrimonio Acta Nº 73