PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 293 del Código Orgánico Procesal Penal, se acordó la ENTREGA PLENA del vehículo automotor con las siguientes características: CLASE: MOTO, MARCA: KEEWAY, MODELO: RKV 200, TIPO: PASEO, AÑO: 2013, COLOR: AZUL, PLACA: AD7Y05K, USO: PARTICULAR, SERIAL DE MOTOR: KW164FML3568017; SERIAL N.I.V 8123N1M24DM016095, al ciudadano BALMIRO SEGUNDO GARCIA GARCIA, titular de la cedula de identidad N° 17.914.941, en su condición de solicitante. SEGUNDO: Se ordena librar oficio al Director General del Servicio de Bienes Recuperados (SBR) ESTADO Miranda, Municipio Chacao, calle El Parque con Av. Francisco de Miranda, Torre Edicampo, piso 13, Oficina de Atención al Ciudadano del (SBR), correo atencionalciudadano.sbr@gmail.com por ser este el organismo competente, a los fine de hacer la entrega inmediata del vehículo al ciudadano BALMIRO SEGUNDO GARCIA GARCIA, titular de la cedula de identidad N° 17.914.941, en su condición de solicitante. TERCER.....