Resuelve: Declarar Bastantes las probanzas evacuadas, para acreditar a favor de los adolescentes: OMITIR NOMBRES y los niños OMITIR NOMBRES, en su condición de hijos, la cualidad que tienen de Únicos y Universales Herederos de la causante, quien en vida respondiera al nombre TERESA FUENTES CARVAJAL, quien era venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-13.804.863, con vocación hereditaria y derecho sobre el acervo de bienes del fallecido, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Publíquese, Regístrese y Ejecútese