PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR FUERA DEL PAÍS, requerida por el ciudadano GERARDO ENRIQUE CAÑAS NAVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.036.581, pasaporte N° 169449375, domiciliado en la Urbanización Juan Pablo II, casa N° 10, calle los Naranjos, sector Zumba, parroquia Juan Rodríguez Suárez del estado Bolivariano de Mérida, civilmente hábil, con teléfono de contacto 0414-7476199 y correo electrónico gcanasdr@gmail.com, a favor de la adolescente (se omite la identidad de conformidad con el art. 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), y de la niña (se omite la identidad de conformidad con el art. 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes).
SEGUNDO: Se AUTORIZA al ciudadano GERARDO ENRIQUE CAÑAS NAVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-8.036.581, pasaporte N° 169449375, domiciliado en Urbanización Juan Pablo II, casa N°.....