Decisión
Por todo lo expuesto, este Tribunal de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Acuerda la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, como fórmula alternativa de cumplimiento de pena, a los ciudadanos. MARÍA YUSMAIRA SOSA MÁRQUEZ, MARÍA GLORIA SOSA y JEAN CARLOS RAMÍREZ PARRA, por un lapso de tres (03) años, por tanto el tribunal le impone las siguientes condiciones:
1. Mantenerse activos laboralmente.
2. Asistir puntualmente cada 30 días a las presentaciones con su delegado de prueba.
3. No cometer ningún otro delito.
4. Acatar las sugerencias del delegado de prueba.
5. No acercarse a las victimas, ni tener conversaciones con ellos, por ningún medio, ni terceras personas.
SEGUNDO: Notifíquese a los penados, defensa y Ministerio Público. Cítese a los penados MARÍA YUSMAIRA SOSA MÁRQUEZ, MARÍA GLORIA SOSA y JEAN CARLOS .....