PRIMERO: LA PERENCIÓN BREVE DE LA CAUSA Y POR ENDE LA EXTINCIÓN DE LA INSTANCIA EN EL PRESENTE JUICIO, interpuesta por el ciudadano JIMMY JACKONS JEREZ SANTIAGO, venezolano, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V- 17.238.756, de este domicilio y hábiles, contra la ciudadana DANIELA VALERO SANTIAGO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 24.373.335, de este mismo domicilio, por cumplimiento de contrato, de conformidad con los artículos 267 en su ordinal primero, y 269 del Código de Procedimiento Civil, así como también, oyendo la doctrina de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia anteriormente señalada. Y así se decide.
SEGUNDO: No hay especial pronunciamiento en costas de conformidad con el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
En consecuencia de los pronunciamientos anteriores, este Tribunal da por terminado el juicio y ordena el archivo del expediente, una vez quede firme la sentencia. Y así se decide.....