El Tribunal homologó convenimiento suscrito por ante este Tribunal por los ciudadanos: (identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de quince (15) años de edad, representada en este acto por su legitima madre YORLENIS DEL VALLE RONDON RIVERA, venezolana, mayor de edad, soltero, de oficios del hogar, titular de la cédula de identidad Nº V-16.376.300, domiciliada en la avenida Miranda de esta población de Timotes Municipio Miranda del Estado Mérida y hábil, y el ciudadano BENJAMIN CARRILLO ARAUJO, venezolano, mayor de edad, casado, obrero, titular de la cédula de identidad Nº V-13.048.398, domiciliado en la carretera Trasandina, sector Los Llanitos parte alta, s/n frente a la entrada de la Colonia Vacacional Guerrino Alberti Poza, de esta población de Timotes Municipio Miranda del Estado Mérida y hábil, quienes conciliaron en reglamentar la Obligación de Manutención a favor de la adolescente (identidad omitid.....