Ahora bien, acatando lo dispuesto en la sentencia y en los términos en ella establecidos, este Tribunal EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ORDENA EL EJECUTESE DE LA REFERIDA SENTENCIA y en tal sentido acuerda oficiar al Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, Sub- Delegación Caja Seca, lugar donde se encuentran bajo custodia las prendas de vestir, para que las destruya, por orden de la Juez sentenciadora.
El oficio que se remita al Jefe del Cuerpo de Investigaciones deberá indicar la obligación de informar a este despacho, el cumplimiento de la orden, en el menor tiempo posible e inmediatamente después que se cumpla. Líbrese oficio, con copia de la experticia.
Una vez recibida el acta supra mencionada, se acuerda la remisión de las actuaciones al archivo judicial, en la oportunidad en que se formen los legajos. CUMPLASE.
Notifíquese a la Fiscal Vigésima Segunda del Ministerio Público.-.....