Decisión: Con fuerza en la motivación precedente, este Tribunal de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, acuerda sustituir la medida de privación judicial preventiva de libertad decretada en contra del ciudadano Mario José Villasmil Guillén, natural de Mérida, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 8.005.242, nacido en fecha 31.12.1960, de 45 años, profesión publicista, soltero, hijo de Hermelinda Guillen y Gregorio Villasmil, residenciado en la Circunvalación La Laguna, sector el Molino N° 04, Circunvalación Laguna de Urao, Lagunillas, Estado Mérida, Frente al Centro Turístico Doña Rosa, teléfono 0416-1711886, por la medida cautelar sustitutiva a la privación judicial preventiva de libertad, consistente en la presentación cada treinta días por ante la Oficina del Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, y la prohibición de molestar o t.....