Este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA CON SEDE EN TOVAR, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
Primero: EL DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN, por falta de interés procesal en la demanda de Rendición de Cuentas, intentada en fecha 04 de julio de 2005, por el ciudadano JUAN JOSE DI GIORGI SALAZAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.220.106, domiciliado en la población de Nueva Bolivia, municipio Tulio Febres Cordero del estado Mérida, representado por su apoderada judicial MARÍA EDILIA SALAZAR DE DI GIOGI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-1.706.178, inscrita en el IPSA bajo el Nº 60.938, domiciliada en Mérida del estado Bolivariano de Mérida, contra el ciudadano ELBIS EBERTO CASTILLO PAREDES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.....