Este TRIBUNAL DE JUICIO Nº 01 SECCIÓN ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace el siguiente pronunciamiento, DECIDE: CONDENA al adolescente (IDENTIDADES OMITIDAS), como autor de los delitos de LESIONES PERSONALES LEVES, PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos en los artículos 418 del Código Penal, 278 ejusdem, en concordancia con el artículo 9 de la Ley sobre Armas y Explosivos y 219 ordinal 1 del Código Penal, y sancionados en el artículo 620 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en perjuicio de JOSÉ ANTONIO PALOMARES UZCÁTEGUI y EL ESTADO VENEZOLANO, a cumplir la sanción establecida en el artículo 620 literales "c" y "d" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, consistente, en PRIMERO: SERVICIO COMUNITARIO, por el lapso de seis (06) meses, y SEGUNDO: LIBERTAD ASISTIDA, bajo la orientación de un pis.....